El Ministerio de Transporte, la Superintendencia de
Puertos y Transporte y la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía
Nacional (Ditra), anunciaron su apoyo a la implementación del plan de choque
que ejecutarán las autoridades locales, para combatir la ilegalidad en el
servicio de transporte público individual de pasajeros.
Estos planes fueron reiterados por el Ministerio de
Transporte a través de la Circular 20164100264971 del 14 de junio de 2016 y
contemplan la implementación de operativos y controles en vía con sanciones
para todos los sujetos de sanción establecidos en el artículo 9 de la Ley 105
de 1993, que quebranten o faciliten la violación de las normas vigentes para la
prestación del servicio de transporte individual de pasajeros, incluyendo
aquellos servicios que utilizan plataformas tecnológicas que no están habilitadas
para la prestación del servicio público individual de transporte.
En reunión celebrada con gremio de taxistas y con la
presencia del viceministro de Transporte, Alejandro Maya, se firmó un acta en
donde el gremio adquiere el compromiso de mejorar la prestación del servicio y
no realizar ningún cese de actividades.
Por su parte el Ministerio de Transporte se comprometió
a apoyar a las autoridades locales en la ejecución del plan de choque para el
control de la ilegalidad en el transporte público individual de pasajeros y a
mantener un diálogo permanente con los gremios del sector.
Los planes de choque, que se implementarán en cada
ciudad, contemplan:
Sanciones a los conductores
– Suspensión de la licencia de conducción
– Inmovilización hasta por 40 días para vehículos de
transporte individual o público
– Medidas preventivas como suspensión de la licencia de
tránsito (tarjeta de propiedad), de vehículos particulares y públicos
– Investigación a los propietarios de vehículos de
servicio público que se encuentren cometiendo infracciones de transporte.
Sanciones a las empresas
– Cancelación de la habilitación para prestar el
servicio público de transporte
– Cancelación de la tarjeta de operación del vehículo
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 348 de 2015,
“cuando los municipios no cuenten con personal operativo de control propio o
por convenio, la Policía Nacional a través de su personal especializado podrá,
en ejercicio de la función a prevención, realizar operativos de control”.
El Ministerio de transporte ratifica su compromiso para
que el servicio público de transporte individual de pasajeros se preste bajo
los principios de calidad, seguridad y acceso, siempre en estricto respeto del
marco legal vigente.
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